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Aprobado el acuerdo de carrera profesional para personal de gestión y servicios de Formación Profesional

28 de febrero del 2007 a las 10:39h

Las retribuciones por el complemento de carrera profesional supondrán unos incrementos anuales que van desde los 700 a los 2.450 euros, según las categorías, para unos 7.500 trabajadores del SESCAM.

La Mesa Sectorial del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (SESCAM) aprobó ayer con el apoyo de los sindicatos UGT, CC.OO, CEMSATSE y SIC-SG, y con la oposición de CSI-CSIF, un acuerdo para la implantación de la carrera profesional aplicable al personal estatutario sanitario de Formación Profesional y de gestión y servicios, categorías profesionales a las que pertenecen unos 7.500 trabajadores en toda la Comunidad Autónoma.

El acuerdo aprobado en la Mesa Sectorial pretende conseguir la motivación de los profesionales a través de su reconocimiento e implicación, además de su compromiso con la organización, a través de unos mecanismos de valoración de los méritos y actividades directamente relacionados con la cantidad y calidad del trabajo realizado.

El director gerente del SESCAM, Joaquín Chacón, mostró su satisfacción por este acuerdo, ya que permite que todo el personal del SESCAM pueda acceder a este sistema de reconocimiento de su desarrollo profesional, independientemente de la categoría a la que pertenezca.

La implantación de la carrera profesional del personal de gestión y servicios y los sanitarios de Formación Profesional persigue reconocer la aportación de los profesionales en la mejora de la calidad asistencial; diferenciar a los profesionales, otorgando reconocimiento objetivo a su competencia profesional individual; generar una mayor corresponsabilidad del profesional y fomentar la cultura de compromiso con la gestión del Servicio de Salud; y conseguir un mayor grado de motivación de los profesionales, con la consiguiente mejora en la gestión de los servicios sanitarios.

Cuatro niveles

En el modelo de carrera profesional aprobado se establecen cuatro niveles, a los que el trabajador accederá de forma voluntaria en función de la evaluación y de la acreditación del ejercicio profesional en un número de años para cada nivel.

En esta evaluación se tendrá en cuenta, para el personal sanitario de formación profesional y para los grupos A y B del personal de gestión y servicios, la actividad y competencia asistencial y profesional, la implicación y compromiso con la organización, además de otros méritos como la formación continuada, docencia e investigación. En el caso de los grupos C, D y E de gestión y servicios se valorará el desempeño del puesto, la formación y la implicación y compromiso con la organización.

Para la obtención del primer nivel será necesario acreditar cinco años de ejercicio profesional, y para acceder al grado superior deberá transcurrir igualmente un periodo mínimo de cinco años. Para alcanzar el tercer y cuarto escalón será necesario acreditar siete años para cada uno de los niveles.

Las retribuciones por el complemento de carrera profesional, que se aplicarán con efecto 1 de enero de 2007, supondrán unos incrementos anuales que van desde los 700 a los 2.450 euros, según las categorías.

Con carácter excepcional se establecerá la implantación de un procedimiento extraordinario, en el periodo 2007-2010, mediante el cual el personal estatutario sanitario de formación profesional y el de gestión y servicios fijo que ostente tal condición a fecha 1 de abril de 2007 podrá acceder sucesivamente a los grados 1, 2 y 3 en función de los requisitos establecidos para cada caso.

Por otra parte, el acuerdo alcanzado establece que el personal sin relación de empleo de carácter fijo podrá solicitar el reconocimiento del grado 1 de desarrollo profesional sin que conlleve retribución. Los efectos económicos se producirán únicamente a partir de la obtención de la condición de personal fijo en la categoría evaluada.

 
 

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